En la Cumbre de la Organización de Cooperación de Shanghai (OCS) celebrada el 17 de junio de 2004 en Tashkent, Capital de Uzbekistán, el Presidente de China Hu Jintao y los cinco Jefes de Estado de la República de Kazajstán, la República de Kirguizistán, la Federación Rusa, la República de Tadzhikistán y la República de Uzbekistán firmaron juntos la "Convención de Privilegios e Inmunidad de la OCS". Dicha Convención se elaboró conforme al Artículo 19 de la "Carta de la OCS". En el proceso de su redacción se tomaron como referencia la "Convención de Privilegios e Inmunidad de la Organización de las Naciones Unidas" y las prácticas internacionales en la materia y se tuvieron en plena consideración las circunstancias concretas de los Estados miembros de la Organización. La Convención establece los privilegios y la inmunidad para la OCS, los funcionarios de esa Organización, los expertos que cumplen las misiones de la Organización, los delegdos de los Estados miembros y los representantes de los Estados miembros acreditados ante los Órganos Permanentes de la Organización.
En el transcurso de la Cumbre de Tashkent, el Ministro de Relaciones Exteriores Li Zhaoxing y el Secretario General de la OCS Zhang Deguang suscribieron el "Acuerdo sobre el País Sede del Secretariado entre el Gobierno de la República Popular China y la OCS". Este Acuerdo define el estatus legal del Secretariado en China, sus privilegios e inmunidad, así como otros asuntos relativos al funcionamiento del Secretariado.
La Convención y el Acuerdo son importantes logros conseguidos por la OCS en su trabajo de la etapa inicial, constituyen además la base y garantía legales para la profundización y el reforzamiento de la cooperación pragmática después de haber terminado en lo fundamental la etapa inicial, y revisten sin lugar a dudas gran trascendencia para el mejoramiento de la construcción institucional y el futuro desarrollo de la Organización.